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El TSJ reconoce el derecho del CPEIP Mendialdea I de Berriozar a mantener jornada continua.


17 Oct, 2025

ANPE Navarra, a través de su asesoría jurídica, ha logrado una sentencia pionera, la primera y única hasta el momento, del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), de fecha 17 de octubre de 2025, que reconoce el derecho del CPEIP Mendialdea I de Berriozar a mantener la jornada continua.  

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dictado sentencia favorable, con fecha 17 de octubre de 2025, en defensa del derecho del CPEIP Mendialdea I de Berriozar a mantener la jornada continua. Esta resolución supone un logro sin precedentes, al abrir la puerta a que otros centros en situación similar puedan reclamar su derecho a mantener la jornada aprobada por sus comunidades educativas, a pesar de las restricciones impuestas por la Orden Foral 106/2023, de 9 de noviembre.

Este logro ha sido posible gracias a la labor de la asesoría jurídica de ANPE Navarra, que ha acompañado y defendido al centro educativo durante todo el procedimiento, desde la solicitud de medidas cautelares —también estimadas en su momento por el TSJN— hasta la obtención de la sentencia definitiva.

Antecedentes del conflicto

El CPEIP Mendialdea I había venido aplicando la jornada continua de forma experimental como otros centros y posteriormente desde el curso 2024-2025, tras la estimación de medidas cautelares concedidas por el TSJ de Navarra. Esta jornada había sido aprobada por una amplísima mayoría cercana al 90% de las familias del centro, conforme a la normativa de participación y autonomía educativa vigente.

Sin embargo, el Departamento de Educación denegó la continuidad de dicha jornada con base en el artículo 15.3 de la Orden Foral 106/2023, que establece la obligatoriedad de que los centros que comparten transporte escolar tengan el mismo tipo de jornada. Como en el caso del vecino centro Mendialdea II no se había alcanzado el quórum necesario para aprobar la jornada continua, se obligó a ambos a adoptar la jornada partida.

Una sentencia que defiende el derecho de autonomía de los centros educativos

La reciente sentencia del TSJ de Navarra considera que dicha restricción vulnera principios superiores del ordenamiento jurídico, especialmente el de autonomía de los centros educativos. Además, reconoce expresamente la legitimidad de impugnar indirectamente una norma general (como la Orden Foral) a través de un caso concreto, aunque no se hubiera recurrido en el momento de su publicación.

El tribunal también valora que, durante años, ambos centros han funcionado sin problemas bajo un régimen de jornadas distintas, desmontando la supuesta necesidad imperiosa de uniformidad.

ANPE Navarra exige el respeto a la sentencia y reconsideración de otros casos

ANPE Navarra solicita al Departamento de Educación que respete esta sentencia firme y fundamentada, y que no alargue innecesariamente el proceso mediante recursos que solo dilatan el ejercicio de derechos legítimos de la comunidad educativa.

Asimismo, recuerda que existen otros centros en Navarra a los que también se les negó la jornada continua pese a contar con mayorías claras en votaciones regladas, y que esta sentencia crea el precedente necesario para que se reevalúen sus situaciones.

La propia exposición de motivos de la Orden Foral 106/2023 subraya la necesidad de tener en cuenta la voluntad de los centros en el contexto del nuevo orden social. Esta sentencia demuestra que la normativa actual ha sido aplicada de forma restrictiva y contraria a derechos fundamentales.

ANPE Navarra reafirma su compromiso con la defensa de la autonomía pedagógica, organizativa y participativa de los centros públicos y celebrará, junto con la comunidad educativa del Mendialdea I, este avance histórico en el derecho a decidir sobre su jornada escolar.