Personal docente, funcionario o laboral fijo, adscrito al Departamento de Educación y perteneciente al nivel o grupo B pasa a desempeñar puestos de trabajo docentes de nivel o grupo A, en situación de servicios especiales para la formación, correspondientes a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.