¿Afectará lo establecido en el Pacto de Toledo al Régimen de Clases Pasivas?


14 Dic, 2020

El tema de las pensiones siempre se ha utilizado como piedra arrojadiza por los diferentes partidos políticos porque al fin y al cabo las personas que reciben una pensión, son personas que tiene derecho al voto y esto supone en la práctica un importante nicho de donde recolectar votos. Pero al margen del interés electoral que subyace, lo más importante para el ciudadano es recibir  una pensión digna  cuando suceda el hecho causante y se reúnan los requisitos establecidos para ello. Lo difícil en estos casos es conjugar la dignidad con lo económico porque el dinero es finito. En los últimos meses los medios de comunicación nos han informado del Pacto de Toledo y de la importancia de llegar a un acuerdo sobre las medidas a adoptar en relación a la tan llevada y traída discusión sobre la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones.

Todos tenemos claro que el principal escollo es buscar qué vías son  factibles para garantizar una  financiación de las pensiones a largo plazo. Es evidente que cuanto más tiempo una persona está en activo, más años tendrá cotizados pero disminuirán los  años a los que tendrá derecho de una pensión de jubilación. El retraso de la edad de jubilación  es una opción defendida por los expertos para hacer sostenible nuestro sistema de pensiones. La pirámide generacional es cada vez más invertida, crece el número de personas mayores de 65 años  y disminuye el número de personas jóvenes en edad de trabajar, lo que hace que peligre el sistema de cotización tal y como lo conocemos.

Cuando se habla de pensiones la mayoría de las personas piensan en  la pensión de jubilación pero también son pensiones la de viudedad o la de orfandad por ejemplo. Es cierto que por el volumen de personas beneficiarias, la  pensión de jubilación ocuparía el primer lugar. También en nuestro sistema de pensiones se engloban diferentes  regímenes y el  de Clases Pasivas es al que la mayoría de funcionarios docentes pertenecen. Dentro de los diferentes tipos de jubilación que existen en el régimen de Clases Pasivas, el que parece que está en la cuerda floja es el de  la jubilación voluntaria anticipada, que consiste en la posibilidad que tienen los funcionarios de clases pasivas de adelantar la edad de retiro a los 60 años de edad siempre que hayan cotizado 30 años de servicio. No podemos negar que la posibilidad de jubilarse de forma voluntaria y anticipada es ventajosa para los funcionarios, porque no se penaliza con coeficientes reductores su pensión por los años que se adelanten a la edad legal de jubilación, como así ocurre a los que se jubilen anticipadamente por el Régimen General de la Seguridad Social.

Por ahora, las últimas noticias que tenemos es su mantenimiento,  puesto que ya se considera un sistema extinto porque  a partir del 2011 los nuevos funcionarios que accedan a la función pública se incorporarán al Régimen General de la Seguridad Social. No podemos descartar que ante las recomendaciones que establece el Pacto de Toledo no se establezca un periodo transitorio donde se vayan poco a poco modificando las condiciones de jubilación voluntaria.

Por Raquel García Blanco, asesora jurídica nacional de ANPE